Aprobado el Proyecto de Ley de Jurisdicción Voluntaria 1/8/2014
OBJETIVOS
Actualiza y simplifica los trámites en los asuntos sin controversia.
Se desjudicializan algunos asuntos que serán tramitados por notarios y registradores de la propiedad y lo mercantil.
La Jurisdicción Voluntaria será de aplicación en algunos asuntos del orden civil y mercantil.
El juez resolverá los expedientes en materia de personas y familia, como los derechos de menores o las donaciones de órganos. También se ocupará de algunos asuntos en materia mercantil y de derecho sucesorio.
Se abre la posibilidad de que las bodas se celebren ante notario, aunque se podrán hacer también, como hasta ahora, en el Registro Civil y en los Ayuntamientos.
NOVEDADES
JURISDICCION VOLUNTARIA: El juez será quien resuelva prácticamente todos los expedientes de jurisdicción voluntaria. De él dependerán los que afecten al interés público o al estado civil; los que precisen una especial tutela; aquellos que impliquen una disposición, reconocimiento, creación o extinción de derechos subjetivos,...