
Anteproyecto de la Ley de Jurisdicción Voluntaria
Novedades y objetivos
- Simplificar y agilizar los procedimiento judiciales en asuntos en los que no hay controversia. Liberar a los jueces de tareas que serán asumidas por el secretario judicial, lo que contribuirá a descongestionar la Administración de Justicia.
- Todas las materias que tienen como objetivo garantizar los derechos fundamentales estarán reservadas al juez, así como las que afecten a los derechos de los menores y de la familia. Se potencia la figura del secretario judicial, que asumirá, entre otros, los expedientes en materia mercantil.
- A los notarios se les encomiendan numerosos expedientes de carácter sucesorio y de subastas voluntarias. Los registradores asumen nuevas funciones sobre todo en materia mercantil y de sociedades, como la convocatoria de la junta general de sociedades o el nombramiento de auditores para el examen de cuentas.
- El Ministerio Fiscal intervendrá cuando en el procedimiento haya menores y personas con capacidad judicialmente complementada.
- Se reducen los expedientes que hasta ahora tenían que ser tramitados por los ciudadanos con abogado y procurador.
- Se eleva la edad mínima para contraer matrimonio desde los 14 hasta los 16 años: Es una propuesta en defensa de las menores y establece un criterio homogéneo con el que rige en la inmensa mayoría de las legislaciones de la Unión Europea.
- Posibilidad de que los notarios celebren matrimonios función que va a contribuir de una forma muy importante a agilizar las listas de espera, ciertamente altas, que ahora existen en el Registro Civil.
- En los casos en los que no existan menores ni personas con capacidad judicial complementada y exista mutuo acuerdo entre los dos cónyuges, el divorcio podrá ser tramitado ante notario.
- Las personas que podían acogerse al beneficio de justicia gratuita seguirán teniendo este derecho ante los operadores jurídicos -secretarios, notarios o registradores- que sustituyan al juez.
- 10. Si el ciudadano celebra una boda ante el encargado del Registro Civil el servicio seguirá siendo gratuito; si lo hace ante el Ayuntamiento el precio estará fijado por el mismo y si lo hace ante el notario costará 95 euros.